DGI: Consorcios pagan impuesto de dividendos.
Fecha de noticia: 19-Noviembre-2014
Por: Carlos Urbina
El día 28 de mayo de 2013 la DGI indica a un contribuyente que los consorcios pagan impuesto de dividendos. Agrega además que el monto de la retención puede ser reducido por tratados tributarios.
Esta pregunta ha sido recurrente en nuestro país ya que no existe en nuestro Código Fiscal norma alguna que se refiera a la figura del consorcio.
Por esta razón, la DGI ha citado en consultas similares a la vieja Resolución 201-2835 de 8 de septiembre de 2003 que reconoce la existencia de sociedades irregulares o de hecho, accidentales o en cuentas en participación. Esta cita se dio en 2011 cuando la DGI da respuesta a la consulta de un cosorcio sobre si se necesitaba declarar en forma separada por integrante del consorcio o, si el consorcio tributaba como unidad independiente a sus socios (vea consulta).
Esta consulta fue desclasificada el viernes 14 de noviembre de 2014 por el Director de Ingresos, Publio Cortés.
Vea consulta haciendo click aquí: vea consulta
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